Una práctica extendida entre los jóvenes hoy en día es la producción de fotos y videos de tipología sexual mediante el uso de la tecnología. En este artículo intentaré analizamos en detalle que es el Sexting o Sextorsión. La puesta en circulación de este tipo de contenido de carácter sexual a través de equipos tecnológicos tales como teléfonos móviles, equipos informáticos, etc… mediante el uso de aplicaciones como Whatsapp, Facebook, Instagram, Twitter y demás, puede dar lugar a ciertos comportamientos inapropiados y divulgación de dichos contenidos sin consentimiento de la persona que creó los mismos inicialmente.
El envío de videos o imágenes de tipo sexual puede realizarse no solo mediante aplicaciones de mensajería instantánea, sino también a través de redes sociales o email. De esta forma, cualquier video o imagen enviada tanto a uno como a múltiples contactos simultáneamente, puede ser reenviada comenzando así un proceso de viralización.
Los contenidos que forman el denominado fenómeno de Sexting o Sextorsión, se obtienen, en muchos de los casos de forma plenamente voluntaria. La persona que aparece mostrando su identidad es totalmente consciente de lo que está haciendo.
Juventud y Sexting o Sextorsión
Actualmente existe un uso totalmente masivo de equipos informáticos y teléfonos móviles. Esto ha provocado que, desde edades muy tempranas, los jóvenes tengas acceso total al envío y recepción tanto de vídeos como de imágenes. A esto tenemos que añadir que los adolescentes disponen de una curiosidad sexual emergente. Estos dos factores producen que la posibilidad de expresar las fantasías sexuales de los jóvenes sea mucho más sencilla.
La falsa sensación de confianza y el escaso temor hacia cualquier posible riesgo, propios de la adolescencia, acentúan las prácticas de sexting, ya que estos suelen dejar fuera de su análisis los efectos a corto plazo del envío de contenido privado.
Existen distintos motivos por los cuales, los adolescentes envían contenidos de este tipo.
- Desconocimiento técnico: ya que piensan que enviando el contenido de terminal a terminal no existe ningún riesgo.
- Confianza en el receptor: En muchas ocasiones consideran que este será su pareja para toda la vida.
- Presión social: Ganas de encajar en entornos muy sexualizados y así llamar la atención del grupo. El aumento de la pornografía es tan habitual en la actualidad que la participación deja de ser extraña.
- Incapacidad de percepción del riesgo: No son conscientes de las posibles consecuencias futuras que puedan aparecer.
Escenarios posibles
Los posibles escenarios donde este tipo de contenido sexual es transmitido a través de equipos tecnológicos son distintos y cambian según sea la edad de los implicados, su lugar de residencia o el contenido sexual concreto.
Los riesgos principales de estas prácticas empiezan con la divulgación del contenido entre individuos que no eran los destinatarios del mismo. Al tratarse de contenido íntimo, la difusión de dichas imágenes y videos conlleva a una pérdida de privacidad, de tal forma que un daño muy importante es producido en la reputación de la víctima. Este proceso, deteriora su imagen pública y provoca en muchas ocasiones, un sentimiento de humillación que puede producir falta de confianza en relaciones futuras, demás de problemas psicológicos como depresión o ansiedad.
En algunos casos, existe el riesgo de robo de videos y fotos de carácter sexual mediante descuido, robo directo o hackeo almacenados en nuestros dispositivos móviles para luego ser publicados en la red. En este tipo de casos, el contenido de carácter privado es publicado y circula sin el debido control de su propietario.
Aún que existen distintos motivos por los cuales este tipo de intromisiones de la privacidad se producen pueden ser varios, No obstante surge como predominante la exposición a estos registros de ex parejas. Una vez que el contenido comienza a circular por la red, millones de individuos desconocidos con acceso al mismo, seguirán compartiéndolo. Esto conseguirá una viralización descontrolada y en muchos casos, imparable.
Es importante conocer que, normalmente este tipo de comportamiento inadecuado afecta esencialmente a mujeres.
Otra modalidad de Sexting o Sextorsión: El Doxing
El Doxting es una práctica que suele observarse en grupos de aplicaciones de mensajería instantánea de difusión de contenido de alguna persona en concreto (normalmente mujeres) en situaciones sexuales. En dicho grupo se exponen también capturas de pantalla de redes sociales ya a otras fotos y vídeos para constatar la identidad de dicha persona.
Es por esto que es esencial tomar medidas para poder preservar la privacidad en cuanto a la información que dejamos abierta al público general en nuestras redes sociales.
Posibles consecuencias del Sexting o Sextorsión
Cuando una imagen privada, sea obtenida de forma voluntaria o enviada a través de distintos dispositivos y sale de su contexto de origen y es pública en la red, surgen consecuencias imprevistas.
- La circulación del contenido en la red provoca que sea recibida por individuos que no son los destinatarios originales. Cuanto mayor sea el número de usuarios que vena el contenido, más vulnerable y expuesto estará el protagonista.
- El contenido privado visionado públicamente puede repercutir gravemente en la reputación del o los protagonistas. Ya sabemos que es muy difícil eliminar definitivamente la información. Esto produce que el contenido perdure en el tiempo. De esta forma se expone una situación que se relacionará con la identidad del protagonista en cualquier búsqueda que se realicé online. En conclusión, cualquier publicación de contenido originada en una situación de Sextorsión, puede dañar tanto el tiempo presente como el futuro del dueño o protagonista del contenido.
Dependiendo del papel de cada uno de los implicados en estas prácticas a la vez que de su edad, puede incurrirse en distintos delitos:
- Delitos contra la libertad sexual
- Revelación de secretos
- Delitos contra la intimidad y el honor
- Exhibicionismo y provocación sexual a menores
- Generación, producción, tenencia y distribución de contenido de abuso sexual a menores.
Algunas recomendaciones:
Hay que tener siempre en cuenta que, los niños y adolescentes no suelen desarrollar por si mismo estrategias de análisis crítico. Es por esto que necesitan a los adultos y se vuelve esencial diferenciar sobre lo privado y lo público. Debemos siempre indagar sobre la definición de privacidad de los jóvenes. Debemos remarcar siempre que sea posible la importancia de cuidar todo lo que consideremos privado.
También es muy importante pararnos a pensar y hacer un análisis breve antes de enviar cualquier dado personal. Una vez enviado cualquier contenido de carácter privado o sexual, perdemos el control sobre el recorrido del mismo. Al compartir este tipo de material, siempre debemos recordar de que puede acabar en manos de personas malintencionadas. Estos puede distribuir el contenido o incluso editar el mismo y reenviarlo a terceros.
Nunca debemos compartir o difundir contenido de carácter sexual de ninguna persona que no nos proporcionó su consentimiento.
Por otro lado, la utilización de contraseñas seguras nos ayuda a proteger nuestra información privada de nuestros terminales. Para una mayor efectividad se recomienda que las cambiemos periódicamente.
Es recomendable que tapemos nuestra cámara web cuando no la estemos utilizando. Es relativamente sencillo activar la misma de forma remota y capturar imágenes con ella. Tapándola evitamos que se tomen imágenes contra nuestra voluntad.
Debemos realizar una copia de seguridad de las fotos y eliminarlas de nuestro teléfono móvil o tablet. Estos dispositivos pueden ser olvidados o robados y, por lo tanto, caer en manos de desconocidos, por lo que es recomendable que no guardemos en ellos excesiva información privada.
Si no podemos evitar la circulación de contenido
Siempre debemos reportar el contenido de niños y adolescentes que encontremos en la red. En redes sociales y en sitios web de videos podemos utilizar los botones de denuncia y el bloqueo de imágenes indebidas.
Existe la posibilidad de realizar una denuncia en cualquier comisaría en caso de observar o ser conocedor de contenido sexual infantil.
Existe la posibilidad de activar en los navegadores filtros de seguridad para poder reducir el riesgo de que sea mostrado contenido sexual señalado o de tipo violento a menores.
Lo que nos dice la ley acerca del Sexting o Sextorsión
Concretamente el apartado Nº 7 del artículo 197 del Código Penal nos señala que:
“Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.
«La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa”.