Aún que muchas veces pensemos que son lo mismo, existen múltiples diferencias entre estos tres tipos penales. Aún que comparten muchas características comunes, esas diferencias hacen que existan, por ejemplo, penas totalmente distintas para cada una de ellas. Conoce las diferencias entre hurto, robo y atraco a nivel legal a treves de este artículo. También es importante conocer cada uno de ellos de cara a las indemnizaciones correspondientes para cada uno de ellos.
Las similitudes y diferecncias entre ellos
¿Qué tienen en común el hurto, el robo y el atraco? Principalmente tenemos que tener en cuenta que, estos tres delitos se tratan de ataques contra el denominado derecho a la propiedad. Tienen en común que todos ellos consisten en la sustracción de algún tipo de bien inmueble. No obstante, cada uno de ellos tiene unas características propias que lo diferencian de los demás. A continuación, conoce las diferencias entre hurto, robo y atraco.
- Hurto: En este caso, la sustracción del bien en cuestión, es realizada sin el uso de la violencia o intimidación sobre las personas víctimas del mismo. A su vez se realiza sin fuerza o violencia sobre las cosas. Un ejemplo es que olvidáramos la cartera en la barra de un bar y aprovecharan para sustraerlo. Los hurtos suelen ser producidos en el exterior de nuestros domicilios habitualmente. No obstante, si por ejemplo nos dejáramos la puerta o ventana de nuestro domicilio abierta por equivocación y aprovecharan para sustraernos nuestros bienes estaríamos ante un huerto.
- Robo: en los robos la sustracción del bien en cuestión es producida con fuerza sobre las cosas. En este caso concreto existe violencia para sustraer el bien en concreto. Si por ejemplo fuerzan la cerradura de nuestro vehículo para sustraer los bienes del interior hablamos de un robo. Esto es porque se ha utilizado la fuerza para poder acceder al lugar en el que se encuentran los objetos sustraídos.
Sufrir un atraco es el peor escenario para la víctima porque se trata de una experiencia muy traumática que puede dejar lesiones físicas o secuelas psicológicas de extrema gravedad.
- Atraco: Se utiliza la intimidación o la violencia sobre las personas para sustraer el bien. Si por ejemplo nos amenazan con un cuchillo o navaja para que entreguemos nuestro teléfono móvil. Al existir amenaza, intimidación o violencia hablamos de un atraco. Es por esto que, otra de las diferencias entre un robo, hurto o de un atraco, es que normalmente las penas son mayores para este tipo de delitos. Si en un robo con fuerza los delincuentes nos encuentran dentro de nuestra vivienda y nos amenazan a nosotros o a algún miembro de nuestra familia para que colaboremos en el robo, desactivando nuestra alarma o impidiéndonos llamar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, este delito se considerará siempre un atraco.
El seguro de hogar suele indemnizarnos si sufrimos un atraco fuera de nuestro domicilio.
Los seguros
Uno de los aspectos esenciales de los tres tipos penales anteriores son sus diferencias en cuanto a seguros. Así, las coberturas de los seguros pueden incluir ciertos tipos de sustracciones y evitar incluir otras, de forma que no en todas los escenarios las compañías aseguradoras cubrirán y, por tanto, efectuarán una indemnización, por dichas sustracciones.
Lo habitual es que gran parte de las pólizas de seguros incluyan en sus coberturas los perjuicios sufridos por un atraco. También las sustracciones que se hubieran sufrido por un robo. No obstante, la mayor parte de las pólizas de seguro omiten las coberturas por hurto. De esta forma si nos han sustraído un bien, lo habitual es que la compañía aseguradora no se haga cargo de la indemnización correspondiente.
Sin duda, a la hora de reclamar indemnizaciones, es esencial que tengamos claro dichos conceptos y qué cubre nuestra póliza de seguro para no llevarnos una sorpresa imprevista.
Otra de las diferencias principales entre sufrir un hurto, robo o atraco es que no todos los seguros de hogar cubren los primero. Esto ocurre incluso aunque éstos se produjeran dentro de nuestro domicilio. Además, en caso que el seguro de hogar cubriera el hurto, el importe que recibiremos concepto de indemnización será inferior que si se hubiera producido un robo o un atraco.
Es imprescindible tener en cuenta que las penas por hurto normalmente son inferiores para los ladrones. Es por esto que algunas bandas de ladrones que se especializan en robos en viviendas utilizan laboradas técnicas para forzar cerraduras . Estas técnicas no dejan marcas ni en los bombines ni en las puertas, como la conocida técnica del impresioning. En estos casos, nuestro seguro podría considerar el robo como un hurto, si no podemos llegar a demostrar que la puerta ha sido forzada y no la dejamos abierta por un error o despiste.
Una opción muy interesante es la de instalar cámaras de video vigilancia en el acceso a nuestra vivienda para poder verificar y esclarecer estas situaciones.
En conclusión
Hay que tener siempre en consideración que sufrir cualquiera de estos delitos contra la propiedad en nuestro domicilio puede ser una experiencia ampliamente desagradable y traumática, ya que a las pérdidas materiales se le suman la violación de nuestra intimidad y de la seguridad de nuestro domicilio.
El uso de la fuerza, es siempre el factor clave en los robos y atracos frente a los hurtos.
En el caso de los huertos, en la gran mayoría de las ocasiones la víctima no se da cuenta de ello. No ocurre lo mismo en los atracos, donde puede ser llegar a ser muy difícil saber cómo actuar porque incluso podemos llegar a sufrir lesiones físicas o secuelas psicológicas por haber vivido una experiencia tan traumática.
Espero que este artículo, conoce las diferencias entre hurto, robo y atraco, os sea de utilidad ya que es imprescindible tener claro estos conceptos tanto para comprender las coberturas de nuestro seguro de vivienda, como para ser conscientes de que las consecuencias legales pueden ser diferentes en cada uno de los casos.