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España es uno de los países con un mayor control en lo que a armas se refiere de todo el mundo. La facultad inspectora es de la propia Guardia Civil. Es a través de ella por medio de la cual se tramitan, sancionan y controla cualquier tipo de arma. En este artículo explicaré como funciona el control de armas en España.

Hay que tener en cuenta que, según indican los datos, en España existen unas 3 millones de armas legales.

La normativa específica en lo que a este campo se refiere viene recogida en el Reglamento de Armas aprobado en el año 1993. No obstante, dicho reglamento ha sido modificado múltiples veces, siendo la última modificación del presente año 2022.

Este reglamento recoge los tipos de licencia que se pueden obtener, así como los requisitos necesarios para ello y el régimen sancionador para los casos de utilización indebida de las armas.

Pero… ¿Quién puede tener un arma en España?

A pesar de que, las armas en España están mucho más reguladas y controladas que en EE.UU, no existe un derecho como tal a tener un permiso de armas, contrariamente de lo que pasa en el país Norte Americano.

El reglamento de armas español hace distinción entre hasta 21 tipos distintos. Entre ellos podemos encontrar armas blancas, de las denominadas de gas comprimido, de fuego, etc…

Todas estas armas son clasificadas hasta en nueve categorías diferentes. Este nivel de clasificación es el que determina el tipo de licencia que un individuo particular requiere para poder acceder a ella. Es decir, que en España nadie puede poseer o portar un arma de fuego si no dispone de la autorización correspondiente.

En la actualidad existen seis tipos distintos de licencias. Estas son clasificadas con las letras de la A a la F. Mientras las de la primera clase quedan reservadas para los distintos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las demás son obtenibles por la población en general.

Cada una de estas licencias exige unos requisitos distintos para poder conseguirla, pero entre los generales para todas se encuentran los siguientes:

  • Obtener y entregar un certificado de antecedentes penales actualizado
  • Ser mayor de edad para acceder a armas de las tres primeras categorías
  • Hacer entrega de un informe de aptitudes psicofísicas

Todos los mayores de edad pueden acceder a armas blancas siempre que no se encuentren dentro de las clasificadas como prohibidas.

Las armas de origen ilegal

Por otra parte, podemos encontrar un mercado de armas ilegales como por ejemplo a través de internet. Es por esto qué es un trabajo muy desafiante para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el estado el controlar este armamento ilegal y a los individuos que lo portan.

Hay que tener en cuenta que este mercado ilegal es muy dinámico y es posible adquirir estas armas ilegales mediante fórmulas distintas que están muy analizadas por los vendedores.

Según múltiples estudios los grupos de narcotraficantes, mafias extranjeras y de origen local, atracadores, etc… hacen uso de miles de estas armas para llevar a cabo sus delitos.

¿Quién es el responsable de conceder y supervisar las armas en España?

La Constitución nos indica que, el control de armas en España es competencia exclusiva del Estado español.

Cuando el ciudadano ha entregado toda la documentación necesaria, la Delegación de gobierno de la comunidad Autónoma en cuestión, hace llegar un informe a la Dirección General de la Guardia Civil. Si el informe es favorable es la propia Guardia Civil la que deniega o concede dicha licencia.

Además, la Guardia Civil cuenta con personal dedicado exclusivamente al control de armas y explosivos. El ICAE o Intervención Central de Armas y Explosivos cuenta con funciones como control de fabricación tenencia y circulación de estas.

¿Dónde puedo utilizar las armas en España?

Los ciudadanos que cuenten con licencia de armas únicamente podrán hacer uso de ellas en los espacios que la propia legislación indiquen. Estas son las siguientes:

  • Polígonos, galerías o campos de tiro
  • Espacios exclusivos destinados a la caza, pesca u otras actividades deportivas.

Los particulares podrán llevar sus armas en lugares públicos siempre y cuando se encuentren desmontadas o guardadas dentro de sus cajas durante el trayecto desde los lugares en que estén guardadas o depositadas de forma habitual.

Por otro lado, en lo que respecta a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, solamente podrán hacer uso de sus armas en situaciones en las que exista un riesgo grave para su propia vida, su integridad física o las de terceras personas.

En cuanto al personal perteneciente a Seguridad Privada, concretamente los vigilantes de seguridad y escoltas privados podrán disponer de armas en caso de que el servicio que desempeñen lo exija. No obstante, en estos casos no podrán portar las armas fuera de las horas y lugares de prestación de servicio y deberán estar el tiempo restante depositadas en los armeros de los lugares de trabajo. En caso de no existir se depositarán en los de la propia empresa de seguridad.

Menores y uso de armas

El reglamento de armas en España reconoce en algunos casos, autorizaciones especiales para que los menores de edad puedan hacer uso de ciertas armas en los ámbitos de la caza y el mundo deportivo.

Los mayores de 16 años podrán hacer uso de armas exclusivamente para la caza o tiro deportivo. No obstante, no pueden poseer ni llevar armas largas para caza mayor.

 En caso de los mayores de 14 años podrán utilizar ciertas armas pertenecientes a la tercera categoría. (escopetas para la caza o armas accionadas por aire o algún gas comprimido en competición deportiva).

En los dos casos el menor de edad tiene que tener la autorización especial y estar siempre bajo supervisión de algún adulto que cuente con licencia de armas de los tipos D, E o F.

Ciudadanía y armas prohibidas

Existen ciertas armas cuya adquisición, tenencia y uso están prohibidas en España entre particulares. Concretamente las llamadas armas de guerra. Entre ellas encontramos armas de fuego que sean igual o superior a 20 milímetros o las armas automáticas.

En el reglamento también se especifican las armas que no pueden fabricarse o importarse a otras naciones. Tampoco son legales las armas de fuego que simulan ser otro objeto diferente o los puñales. Tampoco son legales las navajas automáticas o armas con “culatín adaptado (complemento que alarga algunas armas cortas aumentando de forma importante la precisión de esta).

Si os ha resultado interesante el como funciona el control de armas en España, en el siguiente enlace podéis mirar otro artículo en el que intento aclarar si podemos portar navajas o cuchillería encima.

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